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ABORTO TERAPEUTICO EN EL PERU: UNA REVISION
SOBRE EL ENFOQUE ACTUAL
Therapeutic abortion in Peru: A review about the current
focus
1.
2.
a.
Facultad de medicina, Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, Perú.
Sociedad Científica de Estudiantes de Medicina de Ica
Estudiante de medicina
Cámara Reyes Ramón
1, 2, a
, Obregón Gavilán Danilo
1, 2, a
, Tipiani Mallma Miguel
1, 2, a
RESUMEN
La práctica del aborto tiene muchos años de emplearse en todas las partes del mundo, teniendo
diferentes connotaciones en diferentes culturas, regiones, países, etc. Entre los años 2010 a 2014, la
tasa de abortos de mujeres jóvenes y de edad media fue de 35 por cada 1000 mujeres en todo el
mundo. En el Perú, ocurren 400 000 abortos inducidos anualmente, con diversas causas y junto con
ello sus complicaciones. El artículo 119 del Código Penal Peruano entiende al aborto terapéutico
como el acto realizado y permitido siempre y cuando sea decisión de la gestante o de un
representante para salvaguardar la vida de ella. La protección de la salud de las mujeres
proporcionada por los instrumentos que garantizan el acceso al aborto por indicación terapéutica
debe incluir la protección de la salud mental, indispensable para asegurar un adecuado nivel de
bienestar que permita a la persona vivir con dignidad.
Palabras clave: Aborto; Aborto Terapéutico; ética; Perú; Salud Mental (fuente: DeCS BIREME)
ABSTRACT
The practice of abortion has many years of use in all parts of the world, having different
connotations in different cultures, regions, countries, etc. Between the years 2010 to 2014, the rate
of abortions of young and middle-aged women was 35 per 1000 women around the world. In Peru,
400 000 induced abortions occur annually, with various causes and along with it their complications.
Article 119 of the Peruvian Penal code refers to therapeutic abortion as the act carried out and
allowed as long as it is the decision of the pregnant woman or a representative to safeguard her life.
The protection of the health of women provided by the instruments that guarantee access to
abortion by therapeutic indication should include the protection of mental health, indispensable to
ensure an adequate level of well-being that allows the person Living with dignity.
Keywords: Abortion; Therapeutic abortion; Ethics; Mental Health, Peru (source: MeSH NLM)
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Rev méd panacea. 2018;7(2):74-77
ARTÍCULO DE REVISIÓN
Ramón Cámara Reyes.
Número de celular: 942 016 661
Correo Electrónico:
ramon.camara.03@gmail.com
Domicilio: Calle Azahares L-10
Urbanización San Isidro, Ica, Perú.
Correspondencia:
Cámara-Reyes Ramón,
Obregón-Gavilán Danilo,
Tipiani-Mallma Miguel. Aborto
terapéutico en el Perú: una revisión
sobre el enfoque actual. Rev méd
panacea 2018; (2): 74-77
Como Citar
CRR, OGD y TMM: Contribuciones
en la concepción y diseño del
manuscrito, recolección, análisis e
interpretación de los datos,
redacción y revisión crítica del
contenido del manuscrito y
aprobación final del artículo.
Contribuciones De Autoría:
Conflicto De Intereses:
No
declarados.
Financiamiento:
Autofinanciado.
Recibido: 26 - 04 - 2018
Aceptado: 30 - 05 - 2018
Publicado: 25 - 08 - 2018
INTRODUCCIÓN
La práctica del aborto tiene muchos años de emplearse
en todas las partes del mundo, teniendo diferentes
connotaciones en las diferentes culturas, regiones,
países, etc. Actualmente toma importancia como un
problema de salud pública, de derechos humanos y de
las legislaciones presentes mundialmente, teniendo en
cuenta que no en todos los países es igual.
Entre los años 2010 a 2014, la tasa de abortos de mujeres
jóvenes y de edad media (15 a 40 años) fue de 35 por
cada 1000 mujeres en todo el mundo. (1) A lo largo de
los últimos 30 años el número de abortos se ha
incrementado 10 veces más. (1) La población de los
países de bajos ingresos o en vías de desarrollo presenta
con más frecuencia este fenómeno y así como también
un crecimiento demográfico mayor. (1)
En países como Perú, el interés por saber más sobre el
aborto y temas relacionados ha ido aumentado de la
mano con la globalización en los últimos años. (2)
En el Perú, ocurren 400 000 abortos inducidos
anualmente (3), con diversas causas y junto con ello sus
complicaciones. En la región Ica, el aborto corresponde
al 41.2% de los factores de riesgo directos relacionados
con mortalidad materna. (4) El autor iqueño recomienda
la aplicación de una atención integral en salud y el
desarrollo de estrategias regionales. Cabe mencionar al
aborto terapéutico dentro estas estrategias.
Por la definición según el artículo 119 del Código Penal
Peruano se entiende al aborto terapéutico como el acto
realizado y permitido siempre y cuando sea decisión de
la gestante o de un representante para salvaguardar la
vida de ella. (5) Lo que es aceptable a nivel social como
por los especialistas gineco-obstetras y realizado por
razones obviamente médicas, por lo tanto, no punible.(5)
El Instituto Nacional Materno Perinatal
(MATERNO-PERINATAL) presentó dentro de las causas
más frecuentes para la interrupción terapéutica del
embarazo a las siguientes (5):
1. Riesgo de la vida de la gestante (13%).
2. Riesgo de salud física y mental (87%), incluyendo
malformaciones congénitas fetales incompatibles con la
vida.
Desde el año 2010 utiliza la Guía de Práctica Clínica y de
Procedimientos en Obstetricia, en la que esta incluido el
Aborto terapéutico (CIE 10: O034) actualizada en el año
2013. A pesar de que el éxito de la guía
(aproximadamente 100% de los casos donde es usada) y
el mayor requerimiento de las mujeres del aborto
terapéutico, aun existen estigmatizaciones y falta de
servicios por parte de los hospitales públicos, con un
lento cambio de actitud en los profesionales médicos. (5)
MARCO ÉTICO – LEGAL DEL ABORTO
Anteriormente se generaba mucha controversia con lo
dispuesto en el artículo 119° del Código Penal Peruano,
ya que al tener una gestación con un producto que
tenga una malformación congénita grave que
condicione la vida del feto en el futuro inmediato, esta
no pueda ser interrumpida por dicho artículo. (6)
En el 2001 el caso de una adolescente de 17 años que
quedó embarazada y mediante exámenes médicos se
determinó que el producto tenía una malformación
congénita grave llamada en términos médicos “feto
anencefálico”, en el cual su médico tratante recomienda
el aborto terapéutico al cual ella accede, pero el director
del hospital se negó a realizar dicha práctica resaltando
el artículo 119° del Código penal. (6)
Según la Doctora Marta B. Rendón, médico psiquiatra
adscrita al Colegio Médico del Perú, afirma que “el
presunto principio de la beneficencia para el feto ha
dado lugar a maleficencia grave para la madre, pues se le
ha sometido innecesariamente a llevar a término un
embarazo cuyo desenlace fatal se conocía de antemano
y se ha contribuido significativamente a desencadenar
un cuadro de depresión con las severas repercusiones
que esta enfermedad tiene para el desarrollo de una
adolescente y para la futura salud mental de la paciente”.
(6)
Al conocerse el caso, este fue llevado ante el Comité de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas
evidenciándose la violación de varios artículos del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos. (6)
El 28 de junio del 2014 se establece la “Guía Técnica
Nacional para la estandarización del procedimiento de la
Atención Integral de la gestante en la Interrupción
Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo
menor de 22 semanas con consentimiento informado en
el marco de lo dispuesto en el artículo 119º del Código
Penal” para regular la aplicación del artículo 119º del
Código Penal Peruano. (7)
Siendo las primeras dos indicaciones de esta guía
señalan como indicación al embarazo ectópico y a la
enfermedad del trofoblasto sin requerimiento de junta
médica (7), ya que estos tipos de embarazos
comprometen la vida de la gestante por lo cual debe ser
interrumpido.
La interrupción médica del embarazo solo se justifica en
casos poco frecuentes, por lo que deben ser evaluados
mediante una junta médica y no requiere una norma
técnica como la que ha publicado el Ministerio de Salud.
(7)
La sociedad peruana en una encuesta realizada por Ipsos
Apoyo en el 2014 estuvo de acuerdo con la aprobación
de la guía en un 64%, mientras un 30% estuvo en
desacuerdo y un 6% no precisó su respuesta. (8)
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Rev méd panacea. 2018;7(2):74-77ARTÍCULO DE REVISIÓN
Aborto terapeutico en el peru: una revision sobre el enfoque actual
En el Perú, en cuanto a cuestiones bioéticas, en el
“Seminario taller Bioética y Salud Sexual y Reproductiva”
(9) se concluyó que en la atención a una mujer que
aborta se deberá respetar la confidencialidad. También,
se deberá respetar la objeción de conciencia en términos
individuales, salvo condiciones de emergencia. Se define
como objeción de conciencia a la “resistencia que el
individuo ofrece al cumplimiento de una norma cuando
entra en conflicto con sus propias convicciones. (10)
EL ABORTO Y SALUD MENTAL
La OMS define la salud como un estado que integra
aspectos biológicos, psicológicos y sociales del bienestar
y que afianza la idea de la Convención para la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra las Mujeres, que las mujeres tienen el derecho a
gozar del más alto nivel disponible de salud física y
mental. (11) La protección de la salud de las mujeres
proporcionada por los instrumentos que garantizan el
acceso al aborto por indicación terapéutica debe incluir
la protección de la salud mental, indispensable para
asegurar un adecuado nivel de bienestar que permita a
la persona vivir con dignidad. (11)
El embarazo no deseado y el aborto son estresores que
amenazan la salud mental de la mujer, al interferir con el
proyecto de vida y sus expectativas. Perpetuando la
pobreza al disminuir las oportunidades de educación y
trabajo, generando estigmatización y violencia. (11)
Estudios realizados en materia de salud mental como el
de Munk Olsen de 86 420 adolescentes y mujeres que
tuvieron un aborto provocado de primer trimestre y 280
950 que llevaron un embarazo a término, analizó el
riesgo para la salud mental en las mujeres que abortan
en comparación con aquellas que llevan el embarazo a
término.(12) Concluye que las personas que continuaron
continuaron el embarazo tuvieron que recibir
tratamiento psicológico durante el primer año a
diferencia de aquellos que decidieron interrumpir su
embarazo. (12)
En nuestro medio, Luna Matos concluyeron que la
depresión es más prevalente en las mujeres que
reportaron embarazo no deseado (46 %) en
comparación con las mujeres que planificaron su
embarazo (41 %) en el Instituto Materno Perinatal. (13) El
acceso el aborto terapéutico a las mujeres con gestación
no deseada, que tengan factores de riesgo adicionales
para depresión abre un camino a la consolidación de
este en la sociedad. (13)
CONCLUSIONES
1. El aborto terapéutico es un problema de salud pública
que se presenta en la mayoría de los países de América
del Sur, razón por la cual el mismo ha sido reglamentado
en alguno de ellos.
2. El aborto es una de las causas mas frecuentes de
muerte materna en el Perú, se espera solucionar con la
contribución de la guía.
3. La guía técnica contribuye a garantizar el derecho de
las mujeres gestantes que lo deseen, a acceder a este
procedimiento que permite salvar su vida y proteger su
salud. También regula y estandariza el aborto
terapéutico en concordancia con la legislación peruana y
en cumplimiento con los estándares internacionales de
los derechos humanos suscritos por el Estado peruano.
4. La reducción de las conductas abortivas debe
continuar el objetivo de incrementar el conocimiento
sobre todos los aspectos éticos y sociales relacionados
con la salud sexual y reproductiva, mediante una política
que los relacione y tenga en cuenta los riesgos que el
aborto acarrea.
Cámara-Reyes R et al.
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Aborto terapeutico en el peru: una revision sobre el enfoque actual
Las ediciones anteriores de revista médica PANACEA
están disponibles en:
www.revpanacea.unica.edu.pe
PANACEA
REVISTA MÉDICA
UNIVERSIDAD NACIONAL SA LUIS GONZAGA ICA, PERÚ